La medida fue adoptada por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 413, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y todos los ministros, y está publicado hoy en el Boletín Oficial.
«Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor», precisa la norma.
En paralelo, agrega que se prorroga «hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo».
En los considerandos, en el DNU se señala que, a causa de la pandemia, el Estado Nacional «ha adoptado medidas de contención que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia».
Asimismo, se explica que «la segunda ola de la COVID-19 que azota al país debe ser acompañada por medidas acordes que contemplen la protección de la salud de la población y coadyuven a morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre el empleo».
En ese sentido, se concluye que «es necesario acompañar las medidas de emergencia prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo, como herramientas de política laboral necesarias para la protección de los trabajadores».